¿Sabes en qué consiste un accidente de trayecto, o qué hacer si te ocurre uno? A continuación, podrás informarte sobre los pasos que debes seguir si te sucede este tipo de accidentes en un día laboral.

Según la Ley 16.744, se consideran Accidentes de Trayecto aquellos sucesos que ocurren en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación u hogar de la persona y el lugar de trabajo. También se consideran los que suceden en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.
Sólo se clasificarán en esta categoría aquellos accidentes que ocurran en el trayecto directo. Esto quiere decir que, si una persona desvía el camino habitual entre su casa y el trabajo, y le ocurre un accidente, éste deja de considerarse como de trayecto.
Procedimiento frente un Accidente de Trayecto:
- - Si después de ocurrido un accidente no requieres ambulancia, dirígete al centro de atención ACHS más cercano a tu lugar de trabajo.
- Si requieres de una ambulancia, llama o pídele a un tercero que se comunique con URGENCIA AMBULANCIA 1404 o al 800 800 1404 desde cualquier punto del país.
- - Cuando te atiendan, debes presentar la Cédula de Identidad y la Declaración Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) debidamente firmada por su empleador.
- - Deberás contar con medios de prueba que ayuden a acreditar que el accidente se produjo en el trayecto de directo de ida o regreso. Estos medios de prueba pueden ser partes de Carabineros, testigos, certificados de atención en el Servicio de Urgencia al que concurriste, etc.
- - Los antecedentes deben ser entregados en el centro de atención ACHS donde fuiste atendido.
- - Después deberás llamar al mismo centro consultando por la resolución.
- - Si la resolución acoge el accidente como uno de trayecto, tendrás derecho a recibir las prestaciones que la Ley 16.744 contempla. Si se determina lo contrario, será derivado a su sistema previsional de salud común (Fonasa, Isapre o Servicio de Salud).
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